PLAZOS Y CONDICIONES DE ENTREGA
Envíos a Península Ibérica y Baleares_
Para envíos fuera de Península Ibérica y Baleares, servicios y productos no estándar o fuera de stock, contactar con sales@factorpotencia.com.
El plazo de entrega podrá ser modificado cuando:
- El Comprador requiera modificaciones en el pedido, que sean aceptadas por el Vendedor y que, a juicio del Vendedor, requieran una extensión del plazo de entrega.
- El Comprador haya incumplido alguna de las obligaciones contractuales del pedido, en especial la que se refiere a pagos.
- Por causa no directamente imputable al Vendedor se produzcan retrasos en la producción o disposición de todos o algunos de los elementos del suministro. De forma ilustrativa, pero no limitativa, se incluyen las siguientes causas de retraso: huelgas de suministradores, transportes y servicios, fallos en los suministros de terceros, fallos en los sistemas de transportes, inundaciones, temporales, disturbios, huelgas, paros de personal del Vendedor o sus subcontratistas, sabotajes, paradas accidentales en los talleres del Vendedor por averías, etc. y las causas de fuerza mayor contempladas en la legislación vigente.
Según Real Decreto 782/98, de 30 de abril, Artículo 18, y Ley 11/1997, de 24 de abril, sobre Envases y Residuos de Envases, como receptor final de nuestro embalaje, es responsabilidad del Comprador dar el tratamiento medioambiental más adecuado al mismo (valoración, reutilización o reciclado).
Una vez recibido el material, en caso de daños imputables al transporte, estos deberán ser comunicados con un plazo máximo de 5 días después de la recepción. Además, para comprobar eventuales defectos y/o faltas que pudiesen ser imputables al Vendedor, el Comprador deberá verificar el contenido del material en un plazo no superior a 30 días desde su recepción, comunicando, en su caso, de forma inmediata al Vendedor la existencia de estos defectos y/o faltas por escrito.
Transcurridos los 30 días desde la recepción del material por parte del Comprador sin que el Vendedor haya recibido una comunicación escrita sobre eventuales defectos o faltas imputables al Vendedor, se considerará que el material ha sido aceptado.